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SOCIEDAD

24 de febrero de 2021 · 00:00

Fuerte defensa a los juicios civiles y comercial por jurados

El objetivo es garantizar la participación ciudadana para construir una Justicia más democrática y ágil.

Fuerte defensa a los juicios civiles y comercial por jurados

La subsecretaria de Justicia, Lourdes Polo Budzovsky se refirió a los Juicios Civiles y Comerciales por Jurados en la provincia del Chaco y aseguró que los mismos amplían la participación ciudadana para la construcción de una justicia más ágil, eficiente y democrática.

A pesar de que el Juicio por Jurados Civiles y Comerciales es ley en la provincia desde diciembre del 2020, "hay sectores que intentan poner en jaque esta nueva forma de procesos civiles y comerciales que garantizan la participación de la ciudanía en la administración de Justicia", apuntó Polo Budzovsky. "Pensar que la ciudadanía no puede participar de procesos judiciales solo muestra la intención de construir una categoría de ciudadanos sabios del derecho (abogados) y una categoría de segunda (ciudadanos comunes sin conocimientos jurídicos), lo que nos resulta inconcebible desde un Estado de derecho", manifestó la subsecretaria de Justicia.

Desde la cartera de Seguridad y Justicia, que impulsó la norma de Juicios por Jurados Civiles y Comerciales por un pedido específico del Gobernador, Jorge Capitanich, afirmaron que es contradictorio a un Estado de Derecho pretender que el sistema judicial sea administrado únicamente por profesionales el derecho. Pensarlo así solo provoca una debilidad institucional y una distancia enorme entre la Justicia y la ciudadanía. "El claro ejemplo es el entendimiento de las sentencias judiciales que, en la actualidad, solo las comprende un abogado y no la ciudanía", reflexionó Lourdes Polo Budzovsky. *Participación ciudadana* La ley 3325-B, de Juicios civiles y comerciales por jurados, define como su objeto, en su artículo 1 garantizar la participación ciudadana en la administración de la justicia civil y comercial de la provincia del Chaco conforme lo dispuesto en los artículos 5, 24, 75 inc. 12, 121, 122, 123 y 126 de la Constitución Nacional, artículo 14 de la Constitución Nacional y en el marco del Derecho Convencional vigente que obliga a la República Argentina.

Para Polo Budzovsky, la norma "promueve la modernización y la participación ciudadana en la administración de la justicia y nos permite avanzar en un sistema judicial auténtico, acorde a nuestras realidades, sin miradas formalistas que distanciaron al pueblo del poder judicial, salirnos de los laberintos de espejos que sienten las personas que no encuentran una respuesta rápida, justa, oportuna en sus conflictos". "La ley es un camino que comienza con el empoderamiento de la ciudadanía, brindándole herramientas simbólicas, institucionales para prevenir y resolver los conflictos y participar activamente en ello", afirmó. *Sobre el juicio por jurados* La norma sancionada en diciembre del 2020, habilita la realización de Juicios por Jurados Civiles y Comerciales en el ámbito de la Justicia provincia y permite la participación de 12 personas, hombres y mujeres entre 18 y 75 años. Los juicios por jurados solo se realizarán en casos de alto impacto donde se discuta la responsabilidad civil extracontractual (accidentes de tránsito por ejemplo), cuyo reclamo supere un numero determinado de dinero, y en aquellos donde estén en juego situaciones que repercutan en toda la sociedad, como el medio ambiente. "Claramente algunos son celosos de compartir el escenario procesal bajo la lupa de la ciudadanía por el tipo de proceso judicial que iría a un juicio por jurados, generalmente causas que representan mucho valor económico", manifestó la subsecretaria de Justica de la provincia. Por último, la funcionaria aseguró que el Juicio por Jurados en el fuero Civil y Comercial es constitucional. "Cabe recordar que nuestros constituyentes optaron por esta forma de enjuiciamiento y no otras", aseguró la funcionaria.

La Constitución establece tres artículos clave respecto a esta forma de procesos o enjuiciamiento: el Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todas sus ramas, y el establecimiento del juicio por jurados, asimismo lo menciona en sus artículos 75 inc.12, y el 118. Dudo que se mencione otro instituto tantas veces como se menciona el juicio por jurados. Vamos a defender la participación de la ciudadanía en los procesos judiciales, es necesario abrir las puertas de un sistema muchas veces lejano para las personas y seguiremos propiciando la creación de mecanismos de resolución democrática y alternativa para resolver conflictos, remarcó Lourdes Polo Budzovsky.

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