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17 de abril de 2018

Procesan a ex funcionario por frenar multas contra Framacity

Se trata de Raúl Alejandro Luis Ramos, quien se desempeñó como secretario de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud entre febrero y noviembre de 2017. 

El juez federal Sebastián Ramos procesó al 

ex funcionario

de gobierno que conduce Mauricio Macri, bajo la acusación de haber frenado sanciones contra la firma fundada por el vicejefe de Gabiente, Mario Quintana

El magistrado le achacó haber cometido el delito de “abuso de autoridad” y le trabó un embargo de 2.000 pesos.

"En al menos tres expedientes, Ramos resolvió tardíamente las sanciones que en cada caso correspondían, siendo la emisión del acto administrativo (resolución) su deber en tanto cumplía funciones como autoridad de la Secretaría de Políticas Regulación e Institutosádel Ministerio de Salud de la Nación”, sostuvo.

La causa se inició el 19 de octubre del año pasado por una denuncia de María Isabel Reinoso, en representación de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y tiene como fiscal a Paloma Ochoa

La denunciante había acusado al

ex funcionario

de “haber ordenado sin justa causa la reserva del expediente” contra

Farmacity

en el que se daba cuenta de la multa contra esa firma, dispuesta en 2014, “por haberse operado un cambio de farmacéutico auxiliar sin noticia ni autorización de la autoridad sanitaria nacional, y emplear un libro recetario sin rúbrica o habilitación”.

La multa contra

Farmacity

se había generado luego de una inspección que recibió el local ubicado en la avenida Córdoba al 1800, en la Capital Federal, y, según quedó plasmado en el expediente, el caso estaba en el Ministerio de Salud, para ser aprobado, hasta abril de 2017.

El 5 de abril de 2017 se presentó una persona con un poder de

Farmacity

que había sido firmado por el ahora ministro Quintana en 2011 y solicitó que se frenara la multa, tras lo cual Ramos decidió la “reserva” del expediente. 

En su fallo, el juez aseguró “tener por acreditado, prima facie, la materialidad del suceso que le fuera imputado y su responsabilidad penal en los mismos, con el grado de probabilidad que para esta etapa del proceso establece”.

 



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