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20/11/2025

La Justicia rechazó el pedido de prescripción de una familia condenada por fraude y lavado de activos en Chaco

Fuente: telam

Se trata de Aida Mabel Borda y su familia. Fueron condenados por organizar un esquema fraudulento bajo la apariencia de gestiones de beneficios sociales de ANSES

>El caso de Aida Mabel Borda y su familia, condenados por fraude a la administración pública y lavado de activos de origen delictivo tras operar un esquema de estafas con apariencia de gestiones de beneficios sociales de ANSES, volvió a avanzar en el Poder Judicial.

La controversia giró en torno a un pedido formulado tras la condena dictada en julio de 2023, cuando el Tribunal Oral Federal de Resistencia avaló de manera definitiva la participación de la familia Borda y sus allegados en una organización que captaba, mediante engaños, a víctimas necesitadas, obtenía su información y luego exigía porcentajes de los haberes gestionados.

Según informó Diario Chaco, en el mismo año, la ampliación de la denuncia abrió un legajo adicional por maniobras presuntamente cometidas en Sáenz Peña.

La defensa buscó que se reconociera la prescripción de la acción penal bajo el argumento de que el tiempo transcurrido y la existencia de una condena previa anulaban la posibilidad de continuar el proceso penal en curso. Alegaron, además, que la resolución del tribunal adolecía de arbitrariedad y que la ampliación de la causa debía considerarse prescrita según la normativa vigente.

La resolución también se basó en el concepto de delito continuado, aplicable en casos donde las conductas ilícitas conforman una sola secuencia temporal y un patrón homogéneo de ejecución. El tribunal subrayó que “el encuadre de los hechos como delitos continuados dentro de una única secuencia que se proyecta hasta 2023 impide aislar un fragmento temporal y un tipo legal para declarar extinguido el ejercicio de la acción”.

Con estos argumentos, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia resolvió rechazar el recurso del Defensor Público Oficial y confirmó la postura adoptada por el juzgado de origen. Determinó, al mismo tiempo, declarar “desistido el recurso de apelación” presentado por la defensa de los integrantes de la familia Borda y no concedió curso al recurso presentado para Marlene y Rubén Brousser.

El expediente principal que llevó a la condena en 2023 se originó tras una investigación que develó el funcionamiento de la familia Borda y sus allegados en la región, quienes, bajo pretexto de facilitar la gestión de beneficios sociales, accedían a información confidencial de las víctimas y exigían un porcentaje de los haberes obtenidos por las asignaciones de ANSES.

La Cámara Federal valoró estos antecedentes a la hora de confirmar la vigencia del proceso penal y estableció que cualquier acción tendiente a la extinción de la acción penal solo sería viable cuando se acredite el “cese definitivo” de la conducta investigada y condenada.

Fuente: telam

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