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ACTUALIDAD

25 de octubre de 2019

¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?

Todo lo que hay que saber sobre las prohibiciones de cara a las elecciones generales del próximo domingo, según establece el Código Nacional Electoral.

Con el comienzo de la veda electoral, que se inició este viernes a las 8, rigen diferentes restricciones hasta las 21 del domingo próximo, luego de tres horas de cerrados los comicios generales en todo el país.
No se podrán realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales, hasta tres horas después del cierre del comicio, que se llevará adelante de 8 a 18. El domingo está prohibida la realización de espectáculos masivos, al igual que la venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección y hasta que se cumplan 3 horas de terminada.
Además tampoco se  podrá ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos. Se prohíbe también la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
En cuanto al uso de redes sociales;  el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, advirtió que esas herramientas digitales “están incluidas en la veda”.“Lo que sea interpersonal es válido, pero está prohibida la publicidad formal que busca la captación de sufragio”, añadió.

Fuente: Telam



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