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ACTUALIDAD

4 de mayo de 2020

Sociedad: La ATP respondió a reclamos de contadores

Para dar un alivio fiscal.

En una nota dirigida al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, suscripta por su administrador Danilo Gualtieri y su subadministradora Daniela González, la ATP informó distintas medidas adoptadas, en el marco de la crisis originada por la pandemia y a modo de respuesta a los reclamos efectuados por la Fechaco y el Consejo Profesional, en distintos medios gráficos de nuestra provincia.

 

Según el comunicado de la ATP las medidas lanzadas desde el organismo provincial apuntan a dar un alivio fiscal a los contribuyentes que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad, ante el contexto de emergencia.

LAS MEDIDAS ADOPTADAS

  • A) Prórroga de la suspensión de términos y plazos administrativos.

Por medio de la Resolución General 2023 del 27 de abril, se extendió la suspensión de los términos y plazos administrativos hasta el 10 de mayo de 2020. La medida tiene por finalidad evitar la necesidad de realizar tareas laborales y administrativas con vencimiento de los derechos de los contribuyentes, mejorando la instrucción al aislamiento social obligatorio, respetando al derecho de defensa de los administrados.

  • B) Exclusión del padrón SIRCREB

Esta medida alcanza a los monotributistas categorías A y B, correspondiente a los períodos abril y mayo de 2020.

  • C) Proyecto para modificar la moratoria.

Se envió a la Cámara de Diputados proyecto de modificación de la ley de moratoria prevista en ley 3118-F en lo referente a los siguientes aspectos:

- Prórroga hasta el 31 de julio de 2020 el plazo de acogimiento.

- Se incluyen obligaciones con vencimientos hasta el 31 de marzo de 2020.

- Se modifican efectos y requisitos del acogimiento estableciendo los mismos hasta la finalización del plan y no con plazo diferenciado, optando por la opción más beneficiosa para el contribuyente.

- Eliminación del ingreso diferenciado del anticipo.

- Modificación de los efectos de la presentación estableciendo igualdad de condiciones y utilizando la opción más ventajosa para el contribuyente en todos los casos.

Es importante destacar que la presente media, que fuera impulsada por este organismo, fue sancionada el 29 de abril de 2020, encontrándose pendiente la promulgación y reglamentación de la misma.

  • D) Bonificación para monotributistas del 100% del mes de marzo de 2020:

Se presentó un proyecto, conjuntamente con la modificación de la moratoria decretada por ley 3118-F, solicitando la sanción legislativa que autorice a bonificar el 100% del impuesto devengado en el mes de marzo a los contribuyentes locales inscriptos en el Régimen Simplificado categorías A y B, que estén inscriptos en la categoría al 1 de marzo de 2020. Al igual que el punto anterior, fue sancionada el 29 de abril de 2020, encontrándose pendiente la promulgación y reglamentación de la misma.

  • E) Prórroga del vencimiento del pago a cuenta - Formulario SI 2505 – Guía de traslado de producción primaria:

Con respecto a los Formulario SI 2505, generados en el mes de abril de 2020, utilizados por los contribuyentes y/o responsables del traslado de la Producción Primaria fuera de la Jurisdicción Provincial y que cuenta con vencimientos semanales en el mes.

Se reprogramaron los mismos al 6 de mayo de 2020 por Resolución General N° 2018. Con respecto a los Formulario SI 2505, generados en el mes de mayo de 2020, utilizado por los contribuyentes y/o responsables del traslado de la Producción Primaria fuera de la Jurisdicción Provincial y que cuenta con vencimientos semanales en el mes, se reprogramarán las fechas de vencimiento para el día 8 de junio de 2020.

  • F) Prórroga Vencimientos Período Marzo de 2020:

Los vencimientos que operan en el mes de ABRIL y que ya fueron prorrogados por Resolución General N° 2020 para el día 29 y 30 de abril, se vuelven a reprogramar con nuevas fechas de vencimientos, conforme el siguiente cronograma:

INGRESOS BRUTOS LOCALES y FONDO DE SALUD PÚBLICA

Cuit terminados en 0 al 4: Nueva Fecha de vencimiento 11/05/2020

Cuit terminados en 5 al 9: Nueva Fecha de vencimiento 12/05/2020

Asimismo, se trabaja en la reprogramación de las nuevas fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas del mes de abril para los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Locales, adicional ley 666-K, Fondo de Salud Pública, Agentes de Retención y Percepción Ingresos Brutos y Agentes de Retención Impuestos de Sellos, cuyos vencimientos operarán en el mes de mayo y que serán publicadas a la brevedad.



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