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12 de noviembre de 2016

Estación Terminal de Ómnibus: proyecto de Ordenanza para declarar estado de emergencia y prórroga en la concesión

El Ejecutivo municipal envió hoy al Concejo Deliberante de Resistencia un proyecto de Ordenanza a través del cual declara en Estado de Emergencia la obra pública contratada mediante el sistema de concesión para el desarrollo de la Terminal de Ómnibus;

autoriza la modificación y variación de la oferta presentada por la concesionaria y prorroga el contrato original por un plazo de 10 años desde la fecha de su vencimiento La normativa establece que el contrato original gestado en expediente 8092/S/1990 fue adjudicado por expediente 11323/C/1993 y Ordenanza 6934/2003 de cambio de razón social a la firma Etor S.A. y Resolución de Intendencia 1941/04 que aprueba y registra convenio con la empresa concesionaria.

En su artículo segundo, el proyecto autoriza la modificación y variación de la oferta presentada por la concesionaria estrictamente en cuanto al proyecto definitivo, plan de trabajo, cronograma de las inversiones, memoria y descripción de etapas de construcción que deberá seguir los lineamientos del anteproyecto avanzado. Además, autoriza la variación de la Tasa de Uso de Plataforma (TUP) por la presente y a partir de la sanción de la presente: a) Para servicios de larga distancia (mayores de 150 km.):$ 251,97 más IVA. b)  Para servicios de media distancia (menores de 150 km.): $ 72,14 más IVA. c) Para servicios suburbanos (Resistencia-Corrientes, Resistencia-Puerto Tirol y Resistencia – Margarita Belén):$ 12,78 más IVA.

Se deberán establecer descuentos especiales o exención de tarifas a los servicios provinciales y suburbanos incluidos en los puntos b) y c) precedentes, conforme lo resuelva la autoridad competente del Gobierno de la Provincia del Chaco. El valor de la TUP así establecido será actualizado automáticamente en forma cuatrimestral en función de las variaciones operadas en los precios de conformidad al Índice de Precios al Consumidor que publique el INDEC y en el porcentaje mensual acumulado que resulte.

 

Prórroga por 10 años

En su artículo cuarto, se autoriza y ordena la prórroga del contrato original por un plazo de 10 años desde la fecha de su vencimiento. Dicha prórroga y plazo estarán condicionados al total cumplimiento de la ejecución de las obras en los plazos previstos en el proyecto ejecutivo, aprobado por las áreas competentes del Municipio. Ante el supuesto de incumplimiento de los plazos de ejecución y del proyecto aprobado, la prorroga quedará sin efecto, validez y eficacia, de pleno derecho y sin necesidad de realización de trámite alguno.

En caso de incumplimiento parcial o total de lo establecido en el artículo 2º, se fija una multa que oscilará entre el 15 por ciento y el 25 por ciento del total devengado en concepto de Tasa de Uso de Plataforma (TUP) y por el lapso de tiempo que dure el incumplimiento. La Secretaría de Espacio Público e Infraestructura o quien designe el Ejecutivo Municipal será el área responsable del contralor del cumplimiento de lo establecido en el artículo 2º y proyecto ejecutivo resultante. En caso de determinar incumplimiento por parte de la concesionaria podrá disponer la sanción aquí prevista a través de comunicación fehaciente a la concesionaria.

La disposición que determine la aplicación de la presente sanción será inapelable e irrecurrible administrativa y judicialmente, por cuanto se fija en beneficio de la sociedad toda, en cumplimiento de los compromisos asumidos, excluyendo intereses económicos individuales y corporativos. La multa aquí dispuesta podrá ser determinada por el Secretario de Espacio Público e Infraestructura como planilla de deuda y con la firma conjunta del  Intendente, constituirá suficiente título ejecutivo.

Fielmente, el proyecto instruye al Departamento Ejecutivo Municipal que sancionada esta Ordenanza deberá requerir a la empresa Concesionaria de la E.T.O.R. la adhesión pertinente al instrumento legal y sometimiento a los términos de la misma. Asimismo se deberá requerir a la concesionaria el desistimiento de toda acción o derecho sobre toda demanda judicial iniciada con anterioridad a la fecha del presente instrumento, acordando costas por su orden. Ello, con motivo del contrato gestado en expediente 8092/S/1990, adjudicado por expediente 11323/C/1993 y Ordenanza 6939/2003 de cambio de razón social a la firma Etor S.A. y Resolución de Intendencia 1941/04 que aprueba y registra convenio con la empresa concesionaria.

 

Algunos considerandos

Entre los Considerandos, se aclara que el Ejecutivo Municipal desde diciembre de 2015 se encuentra abocado a la solución real y concreta de los temas centrales que afectan a la ciudad capital de la provincia. Además, recuerda a profunda crisis económica, financiera y administrativa que afecta al Estado Municipal, pone en riesgo la prestación de estos servicios y motivó la sanción de la Ordenanza N° 11.732/15 que declaró la emergencia municipal por dos años, circunstancia que obliga a analizar cuidadosamente todo el abanico de alternativas y posibilidades del transporte de pasajeros y en particular lo referente al aspecto infraestructura, representado de manera medular y emblemática por la Estación Terminal de Ómnibus de Resistencia (E.T.O.R.).

La actual terminal de ómnibus de la ciudad de Resistencia sirve a toda el área metropolitana, siendo además nodo y centro de servicios regionales de salud, educación, comercio y administración. Dentro de este somero esquema de trabajo, se haya sin lugar a dudas la Terminal de Ómnibus de la ciudad de Resistencia, la cual se encuentra concesionada desde 1993 y con un avance de obra que supera mínimamente el 30 % a pesar de tener 23 años de ejecución y por lo tanto los actuales equipos técnicos han desarrollado un plan de saneamiento de la situación, expuesto a la ciudadanía en su totalidad mediante la metodología de la Consulta Ciudadana.

Del análisis de la consulta realizada se aprecia la muy buena recepción por la ciudadanía en general en dar una solución actual y definitiva al proyecto de la Terminal de Ómnibus de Resistencia, cual es un centro neurálgico de turismo, actividad económica, comercio y viajeros en general, describiéndola como “La puerta de entrada” a la ciudad de Resistencia. De  todo lo dicho hace viable y necesario dar una solución que redunde en beneficio del ciudadano de Resistencia y de todos los viajeros, constituyendo a esta ciudad en un polo de atracción turístico y comercial. 



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