El Juzgado de Garantías N°1 resolvió así:
i) Disponer la restricción de circulación de personas en el macrocentro de la ciudad de resistencia, comprendido en el cuadrante formado por las avenidas Laprida, Lavalle, Ávalos, Hernandarias, Alvear, Castelli, Las Heras y Vélez Sarsfield, a fin de evitar y/o minimizar la circulación del virus del covid 19, y proteger la salud y la vida de quienes eventualmente puedan contraerlo.
ii) Imponer la prohibición de aglomeración y permanencia de mas de cinco (5) personas dentro del perímetro de dicho cuadrante, a cielo abierto, como ser espacios verdes de acceso publico, plazas, veredas y calles.
iii) Dar intervención a la Policía de la provincia del Chaco, a los fines de la ejecución y monitoreo de estas disposiciones, a través de la Subsecretaria de Prevención y Seguridad en abordaje territorial
iv)Facultar al Jefe de la Policía del Chaco, Comisario General Ariel Acuña, a disponer la distribución del personal policial que deberá cumplir dichas funciones
v) En caso de inobservancia de la medida dispuesta en el punto ii), intervendrá directamente la Subsecretaría de Prevención y Seguridad en Abordaje Territorial, quien dispondrá las medidas que considere apropiadas, con comunicación a la fiscalía que corresponda.
vi)Dar intervención a la fiscalía de covid-19 a cargo de la Dra. Graciela Griffith Barreto, toda vez que le sea requerida por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad en Abordaje Territorial, en el marco de la ejecución de esta medida cautelar, por incumplimiento de la normativa vigente sobre aislamiento social, preventivo y obligatorio, y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, tanto de orden provincial como nacional
vii)Dar intervención a la Fiscalía de Investigación Penal en turno , para el supuesto de la comisión de delitos comunes
viii)Disponer el control y monitoreo, para evitar la aglomeración de personas o el incumplimiento de la distancia social, en los siguientes barrios: La Liguria, Villa Rio Negro, Villa Centenario, Villa Palermo 1, Villa El Dorado, Don Alberto, Villa Palermo 2, Don Andrés, y Villa Libertad, a cargo de la Policía del Chaco
ix)Hacer saber que la Policía de la provincia del Chaco, conforme las facultades establecidas en las leyes 1179-j y 2011-j y código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, podrá hacer uso de la fuerza publica con observancia de los principios básicos de actuación (art. 44 ley 2011-j, antes 6976) siempre en la estricta medida de lo necesario para el cumplimiento de lo aquí dispuesto.
x)Recomendar al poder ejecutivo provincial, la instalación de puntos de consulta ciudadana, ubicados en las intersecciones de las avenidas mencionadas en el punto i), que podrán contar con la presencia de diversos funcionarios y mediadores, para recepcionar las consultas y peticiones que los habitantes de Resistencia y Gran Resistencia deseen realizar al Poder Ejecutivo Provincial y al gabinete que lo acompaña, a fin de evitar la propagación del virus covid 19 por aglomeración de personas en el área del micro y macrocentro
xi) Disponer que estas medidas regirán por el termino de quince días, prorrogable por otro periodo similar en caso de ser necesario
xii)Recordar a los Sres. Comerciantes, que en la atención diaria en sus respectivos locales comerciales, deberán observar el estricto cumplimiento de la distancia social y los cuidados de higiene recomendados para la situación de pandemia.
xiii) Notificar a los Ministerios de Salud y de Seguridad de la Provincia, de la presente resolución.-
xiv) Notificar a la Procuración General de la Provincia, respecto a lo dispuesto en los puntos vi) y vii)
xv) Notificar a la Subsecretaria de Prevención y Seguridad en Abordaje Territorial, del contenido de la presente resolución.
xvi) Notificar al Sr. Jefe de la Policía del Chaco, Comisario General Ariel Acuña, del contenido de la presente resolución
xvii) Hacer saber a las titulares de los Ministerios de Salud y Seguridad, que deberán dar a conocer a la comunidad de lo aquí resuelto, a través de los medios de comunicación que consideren apropiados.
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