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5 de marzo de 2025

Es oficial: Nación dispuso el fin de los aportes obligatorios a las cámaras empresariales

A través de un decreto publicado este miércoles, el Poder Ejecutivo estableció que las compañías no estarán obligadas a pagar las contribuciones forzosas que se incluían en convenios colectivos

El Gobierno nacional definió, a través de un decreto que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, que las empresas ya no estarán obligadas a realizar aportes económicos a las cámaras empresariales, una práctica que había sido incorporada en algunos acuerdos colectivos y que generaba controversia entre los empleadores.

La medida apunta a modificar una situación que, según el texto oficial, carece de fundamento normativo: hasta ahora, varios convenios colectivos incluían cláusulas que imponían contribuciones obligatorias a favor de cámaras empresariales firmantes, exigidas incluso a empleadores que no están afiliados ni asociados a esas entidades. El decreto aclara que esta práctica no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cámaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras.

En el Decreto 149/2025, el Poder Ejecutivo señaló en el primer artículo que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.

Entre los sectores más afectados por este esquema se encuentra el comercio, donde se estima que los aportes obligatorios representan unos $6.000 millones mensuales, destinados teóricamente a actividades de capacitación. A partir de la entrada en vigencia del decreto, estos pagos solo podrán realizarse de manera voluntaria. Es decir, las empresas que deseen seguir aportando a sus cámaras podrán hacerlo, pero sin imposición legal.

Además, el Gobierno anunció que no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas, lo que implica un cambio en el criterio de interpretación de la ley de convenciones colectivas. Según el Ejecutivo, esta reinterpretación busca alinearse con el principio de libertad de asociación, al entender que las cámaras solo representan a sus afiliados y no pueden extender su poder de recaudación a empresas que eligen no formar parte de ellas.

Uno de los ejemplos más claros de este tipo de contribuciones obligatorias es el aporte al Instituto Argentino de Capacitación para el Comercio (INACAP), contemplado en el convenio colectivo de comercio, el sector con mayor cantidad de trabajadores registrados en el país.

El INACAP es financiado por un aporte mensual obligatorio de los empleadores, equivalente al 0,50% del salario inicial de un trabajador encuadrado en la categoría Maestranza “A”. En marzo, este aporte asciende a $4.725,02 por cada empleado y se ajusta automáticamente cada vez que se actualiza la paritaria de comercio. El monto lo paga el empleador y no se descuenta del sueldo del trabajador.

Actualmente, el sistema cubre a 1,2 millones de trabajadores registrados bajo el convenio de comercio, generando un flujo de recursos estimado en $5.600 millones por mes y cerca de $70.000 millones al año. Este es uno de los aportes que, con la publicación del decreto, dejaría de ser obligatorio.

Una de las principales críticas al esquema vigente es la falta de transparencia en la administración de esos fondos. El INACAP es gestionado por entidades gremiales empresarias como la CAME (Confederación Argentina de la Mediana Empresa), que distribuye parte de los recursos entre cámaras sectoriales y regionales. Sin embargo, según el Gobierno no existe una rendición de cuentas pública que permita conocer en detalle el destino de esos fondos o la efectividad de los programas de capacitación financiados.

La eliminación de estos aportes obligatorios había sido solicitada en reiteradas ocasiones por entidades gremiales empresarias de distintos sectores y regiones del país, que denunciaban la falta de transparencia en el uso de esos fondos y el carácter coercitivo de la contribución. Algunas cámaras argumentaban que los fondos se utilizaban para financiar actividades de capacitación o representación sectorial, pero las empresas no afiliadas cuestionaban por qué debían solventar servicios de una organización a la que no eligieron adherir.

   
 
 
 

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