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31 de marzo de 2026

El Congreso busca prohibir los celulares en cárceles tras la extorsión que derivó en la muerte de un soldado en Olivos

"Los delitos desde las cárceles deben ser erradicados". La diputada Silvana Giudici impulsa un proyecto para endurecer la ley penitenciaria, que apunta contra el delito organizado desde los penales y cita el caso de Rodrigo Gómez como ejemplo extremo de un sistema fuera de control

El Congreso de la Nación pone bajo la lupa el uso de celulares en las cárceles, esta vez con un proyecto de ley impulsado por la diputada nacional Silvana Giudici, que busca prohibirlos de manera total y con rango legal, en un contexto marcado por el crecimiento de las extorsiones digitales, las bandas que operan desde el interior de los penales y el caso de una extorsión desde penales bonaerenses que derivó en el suicidio de Rodrigo Andrés Gómez, un soldado voluntario de 21 años del Ejército Argentino, destinado a la custodia de la Quinta Presidencial de Olivos.

La iniciativa propone modificar la Ley 24.660, que regula las condiciones de detención de las personas privadas de la libertad —incluidos sus derechos, obligaciones y el funcionamiento del régimen penitenciario—, para establecer de manera explícita la prohibición del uso de teléfonos celulares en los establecimientos carcelarios de todo el país. "Los delitos cometidos desde las cárceles deben ser erradicados", planteó Giudici. Y agregó: "Las estructuras del crimen organizado y también las que se dedican a extorsión o estafas digitales se vieron favorecidas por decisiones que, con la excusa de la pandemia, permitieron el uso de celulares en los penales".

El proyecto cuenta con el respaldo de más de 50 diputados y apunta a cerrar una brecha que permitió la expansión de delitos complejos con base en las cárceles.

El texto legislativo propone la incorporación del artículo79 bis que establece: "Prohíbase la tenencia, uso, facilitación, comercialización o introducción por cualquier medio, de dispositivos móviles o inalámbricos de comunicación, incluyendo teléfonos celulares, tarjetas SIM, módems, routers portátiles o cualquier otro dispositivo apto para la transmisión de voz, datos o acceso a redes de comunicación, por parte de las personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios".

El mismo artículo dispone: "Queda exceptuado el equipamiento informático instalado y expresamente autorizado por la autoridad penitenciaria competente, en el marco de programas educativos, laborales o de reinserción social, bajo condiciones de uso controlado."

Además, se incorporan nuevas faltas graves dentro del régimen penitenciario, como la posesión, ocultamiento o facilitación de dispositivos electrónicos no autorizados, así como el intento de acceder a internet por fuera de los sistemas controlados.

"Es necesario establecer con claridad que los detenidos no tienen derecho a utilizar celulares como parte de las restricciones propias de la pena", sostuvo Giudici ante una consulta de este medio.

La única excepción prevista en el proyecto de ley que impulsará el bloque de diputados de La Libertad Avanza es el uso de equipamiento informático autorizado para fines educativos, laborales o de reinserción social, siempre bajo control de las autoridades penitenciarias.

El proyecto también repasa los antecedentes recientes. Hasta 2019, el régimen penitenciario mantenía un criterio restrictivo respecto al uso de celulares. Sin embargo, en 2020, en el marco de la pandemia, durante el gobierno de Alberto Fernández, se habilitó su utilización ante la suspensión de visitas.

Según la autora de la iniciativa, esa decisión derivó en un cambio profundo: "Se alteró el sistema de control y eso generó un crecimiento de estafas, extorsiones, amenazas y delitos organizados desde las cárceles".

Entre los antecedentes se mencionan desde estafas telefónicas hasta la continuidad de operaciones de bandas criminales desde prisión, incluso en casos vinculados al narcotráfico.

El punto de inflexión fue el caso de Rodrigo Andrés Gómez, un soldado voluntario de 21 años del Ejército Argentino destinado a la custodia de la Quinta Presidencial de Olivos.

Gómez atravesaba una etapa de vulnerabilidad emocional lejos de su familia. En ese contexto, inició una conversación a través de una aplicación de citas con un perfil femenino que se identificaba como "Julieta", de 19 años. Durante varios días intercambió mensajes, audios y fotos sin advertir señales de peligro.

Detrás de ese perfil no había una persona real, sino una organización delictiva que operaba desde los penales bonaerenses de Magdalena y Olmos.

Según se informó oficialmente, la extorsión se inició con la creación de un perfil falso en la aplicación de citas Evermatch, bajo el nombre de "Julieta Ayelén Cardozo". A partir de allí, se estableció un contacto destinado a generar confianza con la víctima, mediante mensajes y el envío de imágenes genéricas que no mostraban rostros.

Una vez consolidado ese vínculo, se activaba el mecanismo central de la estafa: la aparición de una supuesta "madre alterada" y la difusión del denominado "audio del terror", en el que se acusaba a la víctima de haber mantenido una relación virtual con una menor de 17 años y se la increpaba con insultos y amenazas.

El siguiente paso incluía un llamado telefónico de un presunto policía de la Ciudad de Buenos Aires, quien aseguraba que existía una denuncia penal en curso y que era necesario realizar pagos urgentes para evitar consecuencias judiciales graves. Para dotar de verosimilitud al engaño, los estafadores usurparon la identidad de un agente real de la Policía de la Ciudad, identificado como M. N. C., cuya documentación fue utilizada sin su conocimiento.

La escena era completamente falsa, pero estaba diseñada para generar pánico inmediato. Las transferencias de dinero exigidas se realizaban a cuentas bancarias a nombre de mujeres vinculadas a la organización, que actuaban como intermediarias. El dinero era luego fragmentado y redistribuido mediante distintas operaciones para dificultar su rastreo.

Lejos de concluir tras los primeros pagos, la presión continuaba. Las víctimas eran sometidas a nuevas exigencias económicas bajo amenazas reiteradas, con el argumento de que la causa judicial seguía avanzando o que había nuevos costos para "cerrar el problema".

Según la investigación encabezada por la jueza Sandra Arroyo Salgado, se trató de una maniobra de extorsión sexual organizada desde el interior de las cárceles, replicada con distintas víctimas.

En el caso de Gómez, la acumulación de deudas y la sensación de no tener salida quedaron reflejadas en la carta que dejó antes de morir, documento que fue central para comprender el alcance del daño provocado por la banda.

La magistrada dispuso peritajes digitales, análisis de cuentas bancarias, rastreo de líneas telefónicas e intervenciones simultáneas en cárceles y domicilios de la provincia de Buenos Aires. Así, se estableció que el núcleo de la organización funcionaba desde las unidades penitenciarias de Magdalena y Olmos, donde internos utilizaban celulares ingresados ilegalmente para coordinar perfiles falsos, grabar audios, realizar llamadas y administrar el dinero.

Para la diputada Giudici, el episodio marca un límite: "Lo que pasó con Rodrigo Gómez demuestra hasta dónde puede llegar el delito organizado desde las cárceles cuando no hay controles efectivos".

En ese marco, la ex presidenta del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) insiste en la necesidad de una solución estructural: "Es necesario acompañar desde el Congreso con una ley nacional que establezca con claridad y jerarquía que los detenidos no tienen derecho a utilizar celulares".

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