Por Luis Mendoza 

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Una controversia quedó planteada ayer entre el juez Enrique Lavié Pico y el bloque de senadores nacionales del PJ-Frente para la Victoria, por el fallo que dispuso el desplazamiento del sanjuanino Ruperto Godoy del Consejo de la Magistratura.


El juez declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que eliminó la obligatoriedad de ser abogado para integrar ese cuerpo. El magistrado señaló que el legislador kirchnerista "deberá cesar en sus funciones" por ese motivo, aunque sostuvo que, pese a ello, todas las decisiones en las que intervino el senador por San Juan son "válidas".

"A partir del momento en que el presente pronunciamiento quede consentido o ejecutoriado, recobrará vigencia el régimen anterior", expresó el magistrado, haciendo referencia a la norma que establecía que los consejeros debían cumplir los mismos requisitos que los jueces.

La acción judicial fue impulsada por el ex consejero de la Magistratura Alejandro Fargosi, quien objetó los cambios realizados durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en relación con los requisitos para ser designado en el cuerpo.

Enmarcado en el proceso denominado de "democratización de la Justicia", se estableció que para integrar el Consejo de la Magistratura se requiere ser mayor de 25 años y tener cuatro "de ciudadanía en ejercicio".


Réplica


En conocimiento del fallo, el bloque de senadores nacionales del PJ-FpV salió a rechazar sus alcances, respaldando la continuidad de Godoy, anticipándose que apelará ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El jefe de la bancada mayoritaria del Senado, Miguel Pichetto, manifestó que "llama la atención la oportunidad en que se emite este fallo, precisamente en las circunstancias actuales en las que el Consejo de la Magistratura debe resolver cuestiones importantes en el ámbito de la Justicia".

Sostuvo que "la apelación que se presentará tiene efectos suspensivos", por lo que consideró que el senador Godoy "debe terminar su mandato" a fines de 2018. Anoche, se confirmó que el fallo no será aplicable hasta que no haya sentencia firme.