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ACTUALIDAD

31 de agosto de 2022

El Gobierno posterga aumentos de los combustibles

El impuesto sobre los combustibles líquidos debía comenzar a regir mañana y se pasó para octubre próximo. Se trata de la tercera postergación en el año.

El Gobierno nacional postergó por tercera vez en el año la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos. El incremento debía comenzar a regir mañana 1 de septiembre, y la pasó para el primero de octubre próximo.

 

La decisión fue adoptada a través del decreto 561/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial, con el objetivo de "asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios".

"Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles", indicó el decreto.

 

Por eso subrayó que "en línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto".

 

A partir de una modificación en 2018, el Impuesto a los Combustibles prevé actualizaciones en su suma fija en enero, abril, julio y octubre de cada año sobre la base de las variaciones de la inflación de cada periodo trimestral precedente, buscando, de esta forma, amortiguar las fluctuaciones del dólar o de la cotización del crudo que se tenían como referencia previamente.

 

La norma recuerda que las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil "se han diferido sucesivamente" en 2021. Esta es la sexta postergación de la aplicación del impuesto que este año ya se prorrogó en febrero y en junio.

 

Con el decreto de este miércoles, se encuentran pendientes las actualizaciones correspondientes a los cuatro trimestres de 2021 postergadas a fines de febrero al 1 de junio-, que ahora se aplicarían el 1 de octubre; y las del primero y segundo trimestre de este año que, de acuerdo también al decreto, quedaron para el 1 de enero de 2023.

 

 



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