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25/11/2025

El gobierno porteño volvió a detectar deudores alimentarios en eventos masivos este fin de semana

Fuente: telam

Operativos en estadios de fútbol y recitales expusieron a personas con deudas alimentarias. Ya son 57 los infractores encontrados desde el inicio del programa

>Los controles en eventos masivos de la Ciudad de Buenos Aires volvieron a arrojar resultados este fin de semana y, desde marzo, ya son 57 las personas identificadas como deudores alimentarios, que han sido detectadas e impedidas de ingresar a partidos de fútbol y recitales. La medida, impulsada tras la reforma de la Ley N° 269 mediante la Ley N° 6.771 sancionada en diciembre de 2024, apunta a garantizar el cumplimiento efectivo del derecho alimentario de niños y adolescentes, así como a generar conciencia social sobre la importancia de esta obligación.

Desde el inicio de estos controles, 57 deudores morosos han sido detectados en más de 80 operativos desplegados en estadios y espectáculos culturales de gran convocatoria. El objetivo central de esta política pública es restringir el acceso a actividades recreativas a quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias, promoviendo así la regularización de su situación ante la Justicia. Solo después de saldar sus deudas, los alimentantes morosos pueden volver a ingresar a estadios porteños o a eventos culturales con una asistencia superior a cinco mil personas.

El alcance de los controles ha sido amplio. Desde marzo, se han realizado verificaciones en partidos de la Liga Profesional, la Copa Argentina y las Eliminatorias del Mundial de 2026. También se implementaron en el encuentro internacional de rugby entre Los Pumas y los All Blacks de Nueva Zelanda en el estadio de Vélez, correspondiente al Rugby Championship. En el ámbito musical, los operativos alcanzaron diecisiete conciertos, entre ellos los de Los Piojos, Lali Espósito, Guns N’ Roses, Don Osvaldo, Kendrick Lamar, Airbag, Linkin Park, Dua Lipa, La K’onga, Oasis y el festival Creamfields.

La reciente Ley N° 6.771 introdujo una actualización terminológica relevante: la figura de “deudor alimentario moroso” fue reemplazada por la de “alimentante moroso”. Esta modificación busca unificar criterios y dotar de mayor precisión al concepto. Se considera alimentante moroso a toda persona que adeuda total o parcialmente dos cuotas alimentarias, sean consecutivas o alternadas, establecidas por sentencia judicial o convenio homologado, tanto en carácter provisorio como definitivo.

Fuente: telam

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