Miércoles 10 de Diciembre de 2025

Hoy es Miércoles 10 de Diciembre de 2025 y son las 10:19 - Radio argentina 89.3 Mhz Catamarca 436 Resistencia Chaco para comunicarte 362 4879579 Radio argentina 89.3 Mhz Catamarca 436 Resistencia Chaco para comunicarte 362 4879579

10/12/2025

Ecuador regula el uso de la fuerza en prisiones y prohíbe castigos físicos en respuesta a denuncias de presuntos abusos

Fuente: telam

El reglamento advierte que ninguna emergencia justifica violar estándares de derechos humanos dentro de los centros penitenciarios

>El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) emitió un nuevo reglamento que establece límites estrictos para la actuación del Grupo Especializado de Seguridad en Situación de Crisis (GESSIC), la unidad táctica encargada de responder a motines, disturbios y situaciones de alto riesgo dentro de los centros penitenciarios del país.

El GESSIC se convierte así en un cuerpo táctico regulado con más precisión que cualquier otro grupo de intervención penitenciaria creado en el país. Su misión será intervenir únicamente en situaciones excepcionales: motines, intentos de fuga, toma de rehenes, violencia grave contra personas privadas de libertad o funcionarios, o alteraciones al orden que superen la capacidad operativa del personal penitenciario regular.

El uso de la fuerza, según el reglamento, estará circunscrito a los principios de legalidad, necesidad absoluta, proporcionalidad, precaución, humanidad, no discriminación y rendición de cuentas.

Entre las disposiciones más relevantes figura la prohibición categórica del uso de la fuerza como mecanismo de castigo. El documento subraya que los miembros del GESSIC “se abstendrán de hacer uso excesivo, ilegítimo o arbitrario de la fuerza” y que está expresamente proscrito emplearla con fines disciplinarios, una práctica que ha sido documentada durante años por organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos.

La prohibición de tortura ocupa un artículo completo. Según el reglamento, los integrantes del grupo no podrán “infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, y ninguna circunstancia —incluidas amenazas a la seguridad nacional, estados de excepción, emergencias públicas o inestabilidad interna— podrá ser usada como justificación para incumplir esta norma.

Más de una docena de personas privadas de libertad fallecieron en circunstancias sospechosas durante los operativos de control militar, según reportes publicados en 2024. Estas denuncias generaron alertas internacionales por el debilitamiento del control civil y la falta de mecanismos independientes de supervisión.

El GESSIC operará bajo un esquema de coordinación con la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, pero su actuación estará limitada por un marco de responsabilidad reforzado. El reglamento ordena que toda intervención que implique uso de fuerza sea documentada y reportada, y que los integrantes del grupo accedan a acompañamiento psicológico posterior a operativos de alto riesgo. También obliga al SNAI a garantizar su formación continua en técnicas de negociación, resolución pacífica de conflictos y uso diferenciado de la fuerza.

La norma exige además la creación de bases operativas equipadas con áreas de entrenamiento, polígonos de tiro, almacenamiento seguro de armamento y espacios habitacionales. Según el texto oficial, este diseño busca profesionalizar al grupo y garantizar condiciones adecuadas para su entrenamiento táctico, pero también para el cumplimiento de estándares de actuación que reduzcan los riesgos de abusos.

Fuente: telam

Compartir