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NACIONALES

10 de abril de 2020

CAME propone nuevas alternativas para atenuar el impacto económico de la pandemia en las Pymes

En virtud de la situación de emergencia que se vive por la pandemia del COVID-19, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) analizó una serie de medidas a implementar que atenúen el impacto económico negativo del aislamiento en el sector pyme.

Por un lado, se plantearon propuestas orientadas a mitigar el costo laboral, relacionadas a la reglamentación urgente del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción"; la reducción de contribuciones patronales automática para pymes con certificado; y la prórroga de vencimientos de las declaraciones juradas de los recursos de la Seguridad Social de marzo y abril. 

 Medidas para mitigar el costo laboral 1- Reglamentación urgente del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”, recientemente creado por el DNU 332/2020, para hacer frente al pago de salarios.

El documento elaborado por la entidad que nuclea a las Pequeñas y Medianas Empresas del país, consta de las siguientes propuestas:

2- Modificar el Dto. 332/2020 a fin de que el beneficio de reducción de contribuciones patronales del 95% sea automático para pymes con certificado, eliminando trámites en un momento donde las pymes necesitan rápida y eficaz respuesta.

3- Paralelamente, incrementar por los meses de mayo, junio y julio (prorrogable por la autoridad de aplicación) el mínimo no imponible de contribuciones patronales a $ 17.500 por trabajador para todas las empresas de hasta 50 empleados (máximo previsto para actividades particulares).

4- Eximir a las pymes de los vencimientos de las declaraciones juradas de los recursos de la Seguridad Social de los meses de marzo y abril de 2020 ante la falta total de liquidez. 5- Línea Argenta PyME para complementar la asignación de la ANSES prevista en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. A través del mismo se accedería a financiamiento a cuenta del Estado Nacional por el monto restante hasta completar la masa salarial de bolsillo, con el compromiso de devolución en 12 cuotas a una tasa nominal anual máxima del 10% con período de gracia de 60 días de finalizado el aislamiento social obligatorio para esa actividad.

II) Salida gradual del aislamiento según actividad y región.

6- Habilitar la normalización de la actividad productiva de forma gradual por regiones, a través de un análisis comparativo sobre la base de la cantidad de casos confirmados positivos de COVID 19 por distrito en proporción con su densidad poblacional, a fin de inhibir las posibilidades de que se dispare la curva epidemiológica, y que aquellas provincias que afortunadamente no cuentan con casos confirmados, o un número bajo, puedan reactivar con mayor velocidad que los grandes distritos más afectados como CABA o GBA.

7- Comercio: Normalizar el envío de productos comercializados a través de plataformas online de venta y autorizar el retiro en tienda de las compras online. Ampliar paulatinamente los rubros no exceptuados, con días y horarios reducidos, determinados, y atendiendo todos los protocolos de cuidado de la salud dispuestos por las autoridades competentes, como ser, sobre todo, el ingreso gradual de clientes al local.

8- Servicios: fortalecer herramientas para potenciar la penetración del teletrabajo y flexibilizar la circulación para favorecer algunos rubros. Habilitar el funcionamiento de restaurantes (con estricto cuidado de las condiciones sanitarias necesarias) y evaluar la posibilidad de utilizar las instalaciones hoteleras para la fase de aislamiento vertical, específicamente focalizado en la población de riesgo.

9- Industria: en la medida en la que se reactiven otros sectores económicos, y por la imposibilidad de continuar las actividades a distancia como otros rubros, es necesario levantar paulatinamente el aislamiento de estos sectores, en particular con los más cercanos al consumidor final y a la construcción.

10- Construcción: Activar la actividad “obra pública” de manera urgente en espacios como rutas, caminos, fuera de la concentración urbana, para activar la construcción y sectores asociados. Los sectores asociados a la obra pública, desde indumentaria, material de trabajo, etc. podrán hacer entregas programadas.

11- Instar desde el Ejecutivo a la instalación del sistema de pago de “Billetera Virtual”. De esta manera, tanto los clientes como los comerciantes no tienen contacto con medios físicos como billetes, monedas y tarjetas de débito o crédito, evitando la circulación del virus. En este sentido, le propusimos al Gobierno Nacional la aplicación de la plataforma CAME Pagos, y haremos lo propio con los gobiernos provinciales para activar la adopción del sistema y su promoción.

12- Compras públicas: articulación con las cámaras sectoriales y regionales para habilitar la producción de bienes que demande el Estado Nacional y los estados provinciales para hacer frente a la pandemia, en cumplimiento de la Ley de Compre Argentino que permita priorizar a las PyMEs nacionales. Asimismo, anticipar desde el Gobierno las compras a proveedores pequeños y medianos previstas para el año de rubros en aislamiento, con entregas pautadas luego de la finalización del mismo, de manera que puedan obtener actividad hoy.

III) Medidas financieras

13-Otorgar préstamos con una tasa progresiva de 0% a 10% según tamaño y rubro de la empresa, a gestionar directamente desde la web de AFIP, de hasta 10 veces lo que el contribuyente pague de cuota de monotributo o autónomo, a devolver en 5 cuotas sin interés a partir de los dos meses siguientes en que se levante la cuarentena completamente. Los préstamos de cobrarán automáticamente en la cuota del monotributo o autónomo.

14-A través de disposiciones del BCRA que regulen la operatoria, permitir que las entidades financieras autoricen descubiertos automáticos en cuenta corriente para cubrir los cheques de sus clientes, especialmente de aquellos que siempre han cumplido. Con tasas que no superen la de referencia que ofrece el Gobierno, del 20%.

15-Ampliar el plazo previsto por la Comunicación A 6949 del BCRA para postegrar por 90 días el pago de todas las deudas de las pymes con entidades financieras y que solo puedan devengarse los intereses compensatorios a la tasa prevista contractualmente.

16-Establecer mecanismos complementarios para que los fondos que las aseguradoras (en general y las ART en particular) debían destinar a instrumentos pyme en el mercado de capitales, puedan canalizarse para cubrir parte del cese de ingresos de las pequeñas y medianas empresas mientras perdure el aislamiento social obligatorio y hasta que se logre recomponer la actividad.

IV) Medidas impositivas

17-Extender las obligaciones incluidas en la Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMES (RG N° 4.667) a todas aquellas que venzan hasta el día en el que se retome la actividad, pos aislamiento preventivo y obligatorio.

18-Extender automáticamente la vigencia del certificado pyme.

19-Suspender el impuesto a los créditos y débitos bancarios para favorecer las transacciones sin contacto.

20-Ampliar plazos de IVA a 90 días de manera automática para las MIPYMES.

21-Eximir a las empresas en crisis del pago de ganancias e IVA correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo.

22-Acreditación en cuenta de saldos tributarios disponibles para hacer frente a los diferentes costos.

23-Eximir del pago de las cuotas del monotributo y autónomos durante los meses de abril, mayo y junio.

24-Exención del IVA a la materia prima para disminuir los precios. 25-Exención de IVA para la actividad turística por 3 meses. 



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