Los locales deberán implementar lavamanos y dispensadores de alcohol en gel de manera obligatoria
En la sesión extraordinaria de este viernes, la Legislatura aprobó el proyecto de ley que establece que los locales comerciales deberán implementar en forma obligatoria la instalación de lavamanos y dispensadores de alcohol en gel o gel antibacterial
La medida incluye a todos los locales con atención al público de la Provincia del Chaco, organismo u oficina de la Administración Pública centralizada o descentralizada y organismos autárquicos, Poder Legislativo, Poder Judicial, se incluyen también los establecimientos educativos públicos y privados en todos sus niveles.
Será el Ministerio de Salud quien esté a cargo de aplicarlo y tanto el lavamanos como los dispensores de antibacteriales deberán estar ubicados en un lugar visible y de fácil acceso y serán ofrecidos de manera gratuita.
De acuerdo a la reincidencia o gravedad de la falta las sanciones podrían ser:
a) Apercibimiento.
b) Multa por un valor de entre cien (100) y quinientos (500) litros de nafta
de mayor octanaje.
c) Clausura temporal de hasta quince (15) días.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de noventa (90) días, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
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