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20 de septiembre de 2020 · 00:00
Nación: El Gobierno prorrogó hasta fin de año la prohibición de cortar servicios públicos ante falta de pago
El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago de las facturas, según un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado hoy en el Boletín Oficial.
De acuerdo con el DNU 756/2020, el Poder Ejecutivo dispuso que “las empresas prestadoras de los servicios de energÃa eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonÃa fija o móvil e Internet y TV por cable, por vÃnculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artÃculo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020â€.
La norma especifica que “quedan comprendidos y comprendidas los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso. Si un usuario o una usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, se considerará a los efectos del presente, como una factura pagadaâ€.
Este DNU modifica plazos y fechas dispuestas en el decreto 311/2020 y extiende de tres a siete las facturas impagas para que se proceda a cortar o suspender el suministro.
En su artÃculo tercero el decreto también prorroga hasta fin de año el plazo de corte para los usuarios del sistema de servicio prepago de energÃa eléctrica.
La norma también contempla el caso de usuarios y usuarias del sistema de servicio prepago de telefonÃa móvil o internet que no hubiesen abonado recargas para acceder al consumo y estira hasta el 31 de diciembre la obligación de los prestadores de “brindar un servicio reducido que garantice la conectividadâ€.
El Decreto N° 311/20 disponÃa que las empresas prestadoras de los servicios de energÃa eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonÃa fija o móvil e Internet y TV por cable, por vÃnculo radioeléctrico o satelital no podrÃan disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a las usuarias y a los usuarios alcanzadas y alcanzados por dicha medida, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020.
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