La Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Industria, Comercio y Servicios, comunica a los responsables de establecimientos educativos privados, incorporados a la enseñanza oficial (escuelas privadas con o sin aporte estatal) que por Decreto Nacional Nº 2417/93 y Resolución 678/99 deben comunicar anualmente los valores que percibirán por la prestación del servicio educativo para cada nivel de enseñanza en el período lectivo siguiente.
Previo a ello, antes del 31 de octubre de cada año estos establecimientos (de niveles pre-primarios, primarios, secundarios, y educación especial) deberán informar fehacientemente a los padres o tutores (en forma individual y por escrito) el costo de la matrícula y cantidad y monto de las cuotas que serán mensuales, iguales y consecutivas.
La información solicitada correspondiente al período lectivo 2017 deberá entregarse, con carácter de Declaración Jurada, en la Mesa de Entradas y Salidas de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor (3º piso del edificio Casa de Gobierno) hasta el día 30 de noviembre de 2016 inclusive, y con el siguiente detalle:
- Importe de la Matrícula de Inscripción o Reinscripción en caso que la hubiere.
- Valor total de la cuota o arancel mensual, discriminando los conceptos correspondientes a la enseñanza programática, extraprogramática y todo otro concepto adicional.
- Cantidad total de cuotas que se percibirán en el año lectivo 2017.
- Forma y plazo de pago de las cuotas.
- Monto y criterio de aplicación de los recargos en caso de mora.
- Cantidad de alumnos que asisten al establecimiento (matrícula).
Para mayor información, los interesados podrán consultar a los teléfonos 0800 44 .3346 (línea gratuita) o whatsapp 362 4747346 - correo electrónico: [email protected]?