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31 de marzo de 2025

Baja de impuestos en Chaco: detalles del proyecto que modifica el Código Tributario

El Ejecutivo provincial envió esta mañana a la Legislatura la iniciativa que busca generar alivio fiscal y nuevas regulaciones.

El Subsecretario de Legal y Técnica, Julio Ferro, envió esta mañana a la Legislatura un proyecto de ley del Ejecutivo provincial que propone modificaciones clave en el Código Tributario Provincial (Ley Nº 83-F). La iniciativa acompaña la reforma de la Ley Tarifaria Provincial (Nº 299-F) y busca brindar "alivio fiscal para los distintos sectores productivos, industriales, comerciales y de servicios de la Provincia", según expresaron desde el Ejecutivo.

La propuesta introduce cambios en materia de responsabilidad tributaria, exportación de servicios, contratos asociativos y actividades gravadas, con el objetivo de "reducir la litigiosidad a través de la claridad pretendida".

Uno de los puntos centrales del proyecto es la definición de la responsabilidad solidaria de los agentes de percepción y recaudación, quienes serán pasibles de sanciones en caso de incumplimiento de sus obligaciones fiscales. Hasta ahora, la legislación vigente solo contemplaba a los agentes de retención.

En esa línea, también se plantea ampliar la facultad de la Administración Tributaria Provincial (ATP) para designar agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, equiparándola con la normativa ya vigente para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

EXPORTACIÓN DE SERVICIOS: EXCLUSIÓN DE IMPUESTOS
El proyecto aclara que las exportaciones de servicios no estarán gravadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Para esto, se considera exportación todo servicio cuya "utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior", incluso cuando su primer acto de disposición ocurra fuera del país.

CAMBIOS EN LOS CONTRATOS ASOCIATIVOS
Se busca regular la situación impositiva de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) y Agrupaciones de Colaboración. En el caso de las UTE, se elimina la doble imposición sobre sus integrantes, permitiendo que los ingresos de estos queden exentos siempre que la agrupación haya abonado el tributo. Asimismo, se establece que las Agrupaciones de Colaboración quedarán exentas de tributar sobre la facturación interna hacia sus integrantes.

RÉGIMEN ESPECIAL PARA EL SECTOR AGROPECUARIO
El proyecto introduce un tratamiento específico para las operaciones de canje de productos primarios. Se incorporará un artículo al Código Tributario (130 bis) para establecer los requisitos que deben cumplir estas transacciones y fijar una alícuota reducida al momento de la venta de los productos obtenidos por canje.

En cuanto a los acopiadores de productos primarios, se deroga el sistema de base imponible por diferencia entre compras y ventas, vigente desde 2012, y se vuelve a calcular el impuesto sobre los ingresos brutos totales, pero con una alícuota reducida del 0,50%. La medida busca simplificar la determinación del tributo y su fiscalización.

MODIFICACIONES EN MULTAS E IMPUESTO DE SELLOS
El proyecto también deroga multas e infracciones desactualizadas, como la multa sobre el impuesto de sellos y otras sanciones con montos expresados en australes. Además, unifica regulaciones para los contratos de locación de inmuebles, excluyendo el IVA de la base de cálculo del impuesto de sellos cuando se detalle expresamente el monto neto y el tributo nacional.

El Ejecutivo provincial solicitó la aprobación del proyecto, argumentando que la iniciativa representa un avance en la "modernización del sistema tributario" y un "alivio" para el sector productivo. Ahora, la iniciativa quedará en manos de la Cámara de Diputados.

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