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24 de junio de 2025

¿Cambian las indemnizaciones por despido?: las 7 claves de las modificaciones en el régimen laboral

Una norma reciente estableció condiciones para crear fondos específicos con aportes mensuales que estarán sujetos a supervisión estatal

>El Gobierno nacional, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV), reglamentó días atrás la puesta en marcha de un nuevo sistema de cese laboral optativo, que habilita una modalidad diferente para afrontar los costos derivados de la terminación de una relación laboral.

Este nuevo sistema no elimina la indemnización tradicional por despido estipulada en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, sino que ofrece un esquema optativo que puede ser adoptado por sectores o empresas que así lo definan a través de la negociación colectiva. La iniciativa retoma la lógica utilizada en el sector de la construcción, donde empleadores realizan aportes mensuales a un fondo de cese que se liquida al finalizar la relación laboral.

1. Aplicación opcional y acordada

En ese marco, los actores sociales podrán acordar la creación de un sistema que sustituya, total o parcialmente, los conceptos indemnizatorios previstos en la normativa laboral general, con el objeto de generar un mecanismo más previsible y estable para cubrir las desvinculaciones.

2. Sustitución de la indemnización por antigüedad

En este contexto, el fondo de cese funcionará como un instrumento de capitalización periódica, que busca evitar el conflicto derivado de los despidos y dotar de certidumbre tanto a empleadores como a trabajadores.

3. Aportes mensuales durante la relación laboral

Adicionalmente, el convenio podrá establecer que el trabajador también realice aportes voluntarios, creando así un sistema mixto. Al finalizar el vínculo, el capital acumulado pasará a ser propiedad del trabajador y podrá ser utilizado libremente.

4. Instrumentos financieros habilitados

La elección del instrumento dependerá de los actores involucrados, y su administración recaerá sobre sociedades gerentes o fiduciarias que deberán cumplir con estrictas normas de transparencia y rendición de cuentas.

5. Patrimonio separado e inembargabilidad

Una vez que los fondos sean transferidos al trabajador, se transformarán en recursos de libre disponibilidad, lo que permitirá su uso sin restricciones, sin necesidad de destinarlo a ningún objetivo particular.

6. Efecto cancelatorio definitivo

Esta disposición busca reducir la litigiosidad asociada a los despidos y brindar un marco legal que respalde a las partes frente a potenciales conflictos judiciales.

La CNV definió un régimen especial y simplificado para estos instrumentos, con el objetivo de facilitar su adopción en sectores que no suelen acceder al mercado de capitales. Por ejemplo, en el caso de los fideicomisos utilizados para fondos de cese, se eximió la obligación de publicar el prospecto en el sitio web del organismo, lo cual reduce costos operativos y administrativos.

La aplicación de este esquema depende del grado de consenso que alcancen los actores sociales en cada sector. Algunos gremios podrían adoptar la herramienta como forma de preservar empleos, mientras que otros podrían rechazarla si consideran que representa una pérdida de derechos adquiridos. La resolución deja en manos de la negociación colectiva la decisión de avanzar o no con esta transformación.



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