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23 de diciembre de 2017

Defensoría del pueblo pidió la inconsitucionalidad de la Reforma Previsional

El organismo presentó un recurso de amparo ante la Justicia para que se declare <em>“inconstitucional”</em> la medida� aprobada recientemente por el Congreso, al entender que es de carácter <em>“regresiva”</em> y que produce <em>“daños irreparables”</em> entre los beneficiarios del sistema.

Con esta medida, presentada junto a la Confederación General de Jubilados, Retirados, Pensionados y Adultos Mayores del país, el organismo que conduce Guido Lorenzino, ex diputado nacional de origen sciolista, asumió la voluntad de ejercer la representación colectiva de todos los damnificados por los cambios en las jubilaciones, pensiones ordinarias, pensiones no contributivas y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

"Las modificaciones introducidas a la norma van en contra lo que dice la Constitución y los tratados internacionalesâ€, expresó Lorenzino, quien agregó que “básicamente vulnera el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley, la movilidad jubilatoria, la no discriminación, el principio de progresividad y el no retroceso en materia de seguridad socialâ€.

La posición de la Defensoría tiene en cuenta que los cambios generan graves amenazas, como la disminución de ingresos alimentarios, además de la sensible pérdida del poder adquisitivo que afectaría a aproximadamente a 10.000.000 de habitantes, entre jubilados, pensionados, titulares de pensiones no contributivas, y beneficiarios de prestaciones sociales como la AUH y otros subsidios.

"Cualquier reforma que modifique derechos requiere del diálogo con todos los sectores. En este caso, la nueva norma introduce cambios en las funcionalidades del sistema, y la falta de consensos, por lo tanto, fue un aspecto central que marcó a la nueva ley. Se impone, por lo tanto, revisar este método para que no sea el único mecanismo válido para lo que se vieneâ€, expresó el Defensor del Pueblo.

Otro de los aspectos que cuestiona la presentación de Lorenzino es el que liga la movilidad de haberes a la inflación, algo que no ha sido aceptado por la Corte Suprema de Justicia. También considera que la reforma es discriminatoria para los beneficiarios por moratoria “ya que no se les reconoce la garantía del 82% del salario mínimo vital y móvil, ya de por sí exiguoâ€.

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