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CHACO

5 de julio de 2020

¿Cómo impacta en la provincia la nueva ley de alquileres?

El expresidente y miembro del Colegio de Corredores inmobiliarios del Chaco, Emilio Caravaca Pazos, analizó las novedades más relevantes de la normativa que entró en vigencia el 1 de julio.

A partir del 1 de Julio de 2020 entró en vigencia la Ley 27.551, denominada “Ley de Alquileres”, tras lograr la media sanción del Senado que necesitaba el proyecto. Desde el punto de vista práctico, la nueva norma regula -básicamente-, la relación entre las partes de un contrato locativo, propietarios e inquilinos, por lo que el ex residente del Colegio de Corredores Inmobiliarios, Emilio Caravaca Pazos, analizó los conceptos esenciales y anticipó los principales cambios que traerá en la provincia. Aspectos centrales Actualización/Ajustes: La ley autoriza indexación de alquileres, en los habitacionales se hará de forma anual con un índice elaborado por el Banco Central conformado en igual medida por el índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), o sea, entre inflación y salarios. El plazo mínimo de locación de inmueble pasa a ser de 3 años. El destino habitacional del alquiler, el depósito en garantía será el equivalente al primer mes de alquiler y se devolverá al valor del último mes de alquiler. En todos los destinos el Locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad (Ej: Impuesto Inmobiliario), ni las expensas extraordinarias En cuanto a las garantías, en las locaciones habitacionales el inquilino puede proponer al menos dos alternativas de garantías entre: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario con recibo de sueldos, certificado de ingresos, etc. El contrato deberá ser declarado ante la AFIP de acuerdo a la reglamentación que el organismo competente elabore a tal fin. La nueva norma establece la Mediación y Arbitraje como ámbitos para resolución de conflictos y la incumbencia del Corredor Inmobiliario matriculado en su jurisdicción en todas las locaciones de inmuebles la intermediación en el contrato de alquiler. Impacto en la provincia "Los cambios más notorios para lo que vendrá en nuestra provincia serán los plazos de contrato, que pasan de 2 a 3 años. Por otro lado, la actualización del monto de alquiler, que se hará de manera anual en contratos de viviendas, teniendo en cuenta un índice externo a las partes", explicó Caravaca Pazos y añadió:" De esta manera, el inquilino y el locador no saben lo que abonarán o percibirán en concepto de alquiler el segundo y el tercer año hasta que ese índice sea publicado, lo que no ocurre con los contratos actuales donde los montos están establecidos del primero al último día". El especialista apuntó además que muchas de las otras flexibilizaciones que plantea la norma, como las garantías o depósitos, posiblemente "no marquen un cambio rotundo" en el mercado de la Provincia del Chaco, ya que, en la generalidad, muchas de ellas en la práctica se realizan de la manera en la que la norma lo establece. "Como profesionales, entendemos satisfactoria la incumbencia de los corredores inmobiliarios profesionales en la intermediación respecto de la locación, instando a las partes a que, cuando realicen la contratación a través de un tercero, lo hagan con matriculados en la materia, en el caso de nuestra Provincia, matriculados en el Colegio de Corredores Inmobiliarios del Chaco", cerró.

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