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22 de marzo de 2018

Deberá pagar la cuota alimentaria de su ex marido porque él no puede trabajar

Esta situación se registró en Corrientes, donde el hombre desde el 2016 padece una enfermedad que lo certifica como dispacacitado y según determinó la Justicia, ella deberá asistirlo.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ordenó a una mujer a pagar los alimentos de su ex esposo ya que padece una enfermedad neurológica incapacitante.

Además, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en primer lugar rechazó el pedido de apelación interpuesto por la esposa.

El hombre desde el 2016 padece una enfermedad que lo limita a trabajar, por lo que posee un certificado de discapacidad otorgado por el Gobierno de

Corrientes

y recibe un sueldo como empleado municipal.

Sin embargo, dada su situación solicitó una demanda por alimentos.

Por su parte, en el diario El Litoral, la mujer alegó que el cuidado de sus hijas (dos menores) estaban a su cargo.

"Si bien el divorcio rompe el vínculo, no por esa circunstancia aniquila su existencia anterior. (...) De aquí emerge un inocultable deber de solidaridad; deber que desde luego persiste entre los que fueron cónyuges", citaron como jurisprudencia.

Finalmente, señalaron que mientras el hombre reciba haberes en forma regular por parte del Municipio, correspondería reducir el monto fijado para los provisorios.



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