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27 de junio de 2018

Caruso debería pagar por sus calumnias

Por Mauro Federico.

Cada cuatro años, los mundiales se apoderan de la pasión de millones de hinchas que viven y sufren cada partido como si fuera un calvario. Y los medios se llenan de espacios donde se discute de fútbol con intensidad. Claro, que en ocasiones, ante la falta de argumentos, la beligerancia dialéctica se impone sobre el pensamiento analítico. Y emerge entonces, la agresión, el insulto, la falta de respeto para quien no se alinea con el autoritarismo del más gritón.

Esto quedó en evidencia tras la derrota del seleccionado argentino ante Croacia en los sets televisivos donde suele participar un personaje muy habituado a este tipo de escándalos, con sabor a pantomima:

Ricardo Caruso Lombardi

.

Declarante pendenciero, caricatura desaliñada de karateca urbano, denigrador de ausentes y calumniador profesional, el director técnico que ganó su fama como especialista en descensos despilfarró agresiones contra los jugadores, el cuerpo técnico y los dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) desde un púlpito televisivo al que le devolvió los costosísimos minutos de pantalla cedidos a cambio del show tan necesario para alimentar la hoguera del rating.

Pero también cargó contra los integrantes del plantel campeón del mundo de 1986, a los que catalogó de "pelotuditos", lo que originó la más que justificada reacción del Cabezón Ruggeri; y se cruzó con un señor del fútbol como Carlos Fernando Navarro Montoya, a quien acusó indebidamente de estar jugando una interna dentro de la Asociación de Directores Técnicos que Caruso pretende encabezar, a pesar de no hacer los aportes correspondientes desde hace años.

Afortunadamente, esta verborragia no le resultó gratis. Tras una catarata de agravios proferidos por Caruso Lombardi contra Saúl Laverni, que le ocasionaron múltiples inconvenientes personales, familiares y sociales, el ex árbitro lo demandó ante la justicia por el delito de "calumnias e injurias"

Y a fines del año pasado,  luego de una condena en primera instancia del Juzgado Civil N° 65 a cargo de la doctora María Gabriela Fernández Zurita, la Sala H de la Cámara Cívil condenó al demandado a abonarle la suma de $53.600 al demandante, fallo que –al no ser apelado- habilitó a la justicia a trabar embargo sobre las cuentas del técnico.

Uno de los considerandos del fallo sostiene que "el simple cotejo del texto de las transcripciones de las alocuciones de Caruso Lombardi, son suficientes para evidenciar el escarnio público".

Esto es lo que Caruso hace en los medios: escarnio público de todo aquel que no piensa como él. Esperemos que este fallo sea ejemplificador. Aunque, por lo visto en las últimas horas, no parece haber aprendido la sabia lección de la justicia.



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