El Gobierno Nacional prohibe por decreto el corte de servicios escenciales para la comunidad
El Gobierno decidió prohibir por 180 días a las empresas de servicios públicos los cortes de luz, gas, agua, telefonía móvil y fija, internet y televisión por cable a los jubilados, beneficiarios de AUH, monotributistas y trabajadores en general que no perciban más de dos salarios mínimos. Los detalles del decreto.
Las empresas "prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas".
Así se dispuso en el primer artículo de un decreto de necesidad y urgencia de inminente publicación en el Boletín Oficial, en el marco de la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio vigente desde el viernes. La medida alcanza a beneficiarios de AUH y a jubilados, monotributistas y trabajadores que no perciban, al menos, dos salarios mínimos. En el caso de usuarios no residenciales, la medida beneficia a PyMEs, cooperativas e institutos de salud.
Los tres meses comenzarán a correr con retroactividad al primer de marzo último, con lo que por ahora se cumplirá hasta el 31 de mayo próximo, y el beneficio incluirá también a los usuarios que tengan un aviso de corte en curso.
Esta alcanza a las facturaciones con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, y además "quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso".
Fuente: Página 12
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