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22 de agosto de 2026

Caso Próvolo: revocaron la absolución y declararon culpable a una monja por los abusos contra niños sordos

El máximo tribunal de Mendoza modificó la sentencia de 2023 y declaró culpable a Kumiko Kosaka por los abusos sexuales contra menores sordos del Instituto Antonio Próvolo

La monja japonesa Kumiko Kosaka, que había sido absuelta en 2023 en el segundo juicio del caso Próvolo, fue declarada culpable por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza por su responsabilidad en abusos sexuales contra niños sordos del Instituto Antonio Próvolo. La decisión revocó aquel fallo y ordenó que un tribunal inferior determine ahora la pena.

Con este fallo, se reabrió uno de los capítulos centrales del expediente vinculado al Instituto Antonio Próvolo, ubicado en Luján de Cuyo, donde decenas de niños y adolescentes sordos denunciaron abusos, maltratos y encubrimientos dentro de una estructura que funcionó durante años. La resolución del máximo tribunal provincial consideró a Kosaka como autora y partícipe de los hechos, lo que modificó de manera sustancial su situación judicial.

La mujer había sido absuelta el 18 de octubre de 2023 junto con otras cuatro mujeres, que fueron juzgadas en la segunda etapa de la causa. Aquella sentencia había generado el rechazo del Ministerio Público Fiscal y de los representantes de las víctimas, que cuestionaron la valoración de la prueba y apelaron el veredicto.

Tras conocerse la resolución, la Fiscalía mendocina había pedido la nulidad total del fallo y había advertido sobre "vicios de la sentencia" dictada por el Tribunal Penal Colegiado 2. El fiscal jefe Alejandro Iturbide y su adjunto penal, Gonzalo Nazar, sostuvieron en su recurso que las juezas no habían ponderado los testimonios de las víctimas bajo los estándares internacionales aplicables a casos de abuso sexual en la infancia y a procesos que involucran a personas con discapacidad.

Por este motivo, objetaron que el tribunal hubiera restado valor a informes elaborados por el Equipo de Abordaje en Abuso Sexual del Ministerio Público Fiscal. En esa presentación, la Fiscalía reclamó "su entera anulación" ante la Suprema Corte mendocina, de acuerdo con la reconstrucción de El Doce.tv.

La primera acusación formal fue el 25 de noviembre de 2016, cuando una víctima denunció los abusos sufridos dentro del instituto. El proceso acumuló más de 20 denuncias por hechos de violencia física, psicológica y sexual cometidos de manera sistemática contra niñas, niños y adolescentes sordos o hipoacúsicos que asistieron al establecimiento entre 2005 y 2016.

La dimensión del proceso llevó a que el expediente se dividiera en distintas etapas para establecer responsabilidades individuales entre sacerdotes, monjas, personal administrativo y empleados del instituto. En el primer gran juicio, los sacerdotes Horacio Corbacho y Nicola Corradi recibieron penas de 45 y 42 años de prisión, respectivamente. También fueron condenados el ex jardinero Armando Gómez, a 18 años, y el ex monaguillo Jorge Bordón, a 10 años.

La segunda etapa se concentró en el rol de mujeres vinculadas al establecimiento, entre ellas Kosaka, la monja Asunción Martínez, la ex representante legal Graciela Pascual y otras personas acusadas por presunta participación en los abusos o por omisiones ante los hechos denunciados. Luego de un extenso debate que duró más de dos años, con la participación de más de 100 testigos y en unas 300 audiencias, las imputadas fueron absueltas en ese juicio.

En esa etapa, la Fiscalía había pedido para la monja japonesa una pena de 25 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores en cinco hechos, además de diez años de inhabilitación para ejercer cargos educativos y de albergue con menores. Aunque aquel planteo fue desestimado por el tribunal que la absolvió en 2023, la nueva resolución de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza revirtió ese fallo, hizo lugar a las objeciones de la acusación y dejó encaminada la definición de la condena.

Entre los cuestionamientos que había formulado el Ministerio Público Fiscal contra el fallo absolutorio figuraba también la supuesta omisión de analizar 22 pruebas testimoniales y documentales que, a criterio de los fiscales, podían modificar el sentido de la sentencia. Además, los representantes del MPF sostuvieron que las juezas habían mejorado la posición de las defensas con argumentos que no habían sido introducidos en el debate.

A raíz de esto, el expediente deberá volver ahora a un tribunal inferior, que tendrá la tarea de definir la condena concreta para Kumiko Kosaka, luego de que la Corte mendocina dejara firme su culpabilidad en esta instancia de revisión.

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