vencidas al día 31 de Diciembre de 2016; que a raíz de la aplicación del mencionado instrumento legal, se ha advertido una amplia adhesión de los infractores al régimen de facilidades de pago a efectos de regularizar sus deudas por infracciones de tránsito, por lo que se propicia ampliar dicho régimen de deudas vencidas al día 31 de junio de 2017, inclusive;
Para ello, el Sr. Gobernador a través del DECRETO 1996/2017 prorroga en todos sus términos de la vigencia del Decreto Nº 438/17 se fijó como fecha límite para acogerse a dicho plan de pago, el 31 de diciembre de 2017.
Y que el Plan de Facilidades de Pago será comprensivo de las Actas de Infracciones de multas de tránsito labradas por la Policía Caminera del Chaco, vencidas al 30 de junio de 2017, inclusive y como fecha límite de cancelación de toda la deuda financiada, el 31 de junio de 2018, en los siguientes casos:
Se incluyen dentro de lo considerado régimen de facilidades, a los planes de pago no cancelados “morosos”, que fueran celebrados hasta el 30 de junio de 2017, conforme las condiciones que se establecen en el Decreto Nª 438/17 y en el Decreto 1996/17.
Por cualquier consulta respecto al mismo, deberán dirigirse personalmente a las oficinas Juzgamiento Administrativo de Actas de Infracciones, sito calle Arturo Illia Nº 999-ciudad-, de lunes a viernes de horas 08:00 a 12:00 y de 15:30 a 19:00. Caso contrario comunicarse telefónicamente al abonado N° 362-4453829.