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RESISTENCIA

27 de agosto de 2020

Denegaron el pedido de detención y Sampayo seguirá en libertad

Lo resolvió la jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, este jueves. La magistrada denegó el pedido de detención solicitado por el fiscal Patricio Sabadini contra el secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales, Jacinto Sampayo.

El secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales, Jacinto Sampayo, continuará en libertad. Así lo resolvió la jueza Federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, al rechazar un pedido de detención presentado por el fiscal, Patricio Sabadini.

Sabadini anticipó que apelará esta decisión al considerar que hay elementos suficientes para encarcelar al sindicalista.

Cabe recordar que el fiscal había pedido la “inmediata detención” de Sampayo por incumplir las condiciones dispuestas por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia al concederle la libertad en el marco de la causa conocida como “Lavado II”, en la que se encuentra con procesamiento firme acusado de encabezar una banda dedicada al lavado de activos.

De acuerdo a la presentación realizada el martes por el fiscal ante el Juzgado Federal, Sampayo participó de una marcha con vehículos de alrededor de 150 trabajadores del STM que luego de recorrer distintos puntos de la ciudad de Resistencia se concentraron frente a la Plaza Central, en la esquina de avenida 9 de Julio y Güemes, para protestar contra el “impuestazo” municipal. En el acto, el dirigente Jacinto Sampayo se dirigió a los asistentes “desde la caja de una camioneta, en contra del gobierno municipal de Gustavo Martínez” en el marco de una protesta que se extendió hasta alrededor de las 18:50.

En ese contexto, Sabadini recalcó que sobre Sampayo “pesa expresamente la prohibición de llevar adelante este tipo de actos siendo tal prohibición una de las condiciones tenidas en cuenta por la Cámara Federal de esta ciudad al momento de tratar la cuestión relativa a su libertad”.

Aunque la resolución de la Cámara Federal refería a la prohibición “de concurrir a reuniones efectuadas en el ámbito del Municipio de la ciudad de Resistencia”, el funcionario del Ministerio Público Fiscal consideró que dicha prohibición “necesariamente debe ser interpretada teleológicamente, teniendo en cuenta que la referencia a “…reuniones efectuadas en el ámbito del Municipio de Resistencia…”, es mucho más amplia que el sentido material de edificio u oficina que desde alguna interpretación pudiera entenderse”. En ese sentido, indicó que “el marco en que tal prohibición fue dictada, se relaciona exclusivamente con las posibilidades con que el imputado cuenta de poder entorpecer la investigación o no”.



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