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NACIONALES

22 de junio de 2017

Diputados convirtió en ley el régimen de protección de víctimas

Con 219 votos a favor, la Cámara baja aprobó en sesión especial las modificaciones que había realizado el Senado el pasado 31 de mayo en torno a la definición de la víctima y la incorporación a la norma de la figura del Defensor Público de la Víctima.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados convirtió Ayer en ley el régimen de protección de víctimas, que entre otras atribuciones le otorga a las que personas que sufrieron delitos el derecho a asistir a las declaraciones de los testigos, y a recibir patrocinio jurídico gratuito tanto para querellar durante el proceso penal como durante la ejecución de la pena.   Se crean centros de Asistencia y Protección abiertos las 24 horas en cada una de las jurisdicciones provinciales, como así también 24 defensorías públicas de víctimas a cargo de la representación de las víctimas en el proceso penal (una en cada provincia y en la Ciudad de Buenos Aires).     "Este proyecto otorga las víctimas un cumulo de derechos que permite un particular tratamiento y un lugar óptimo dentro del proceso penal", valoró la diputada radical Gabriela Burgos.   La iniciativa, impulsada por el Frente Renovador y que recibió el temprano apoyo de Cambiemos, se gestó al calor de la marcha realizada en octubre pasado bajo el lema "Para que no te pase", que congregó a víctimas y familiares de casos emblemáticos como María Luján Rey -madre de Lucas Menghini, fallecido en la tragedia ferroviaria de Once- y Carolina Píparo -baleada en el marco de una salidera bancaria-.   Una vez que la ley tenga efecto, las víctimas de delitos podrán involucrarse en las declaraciones de testigos, con la preorrogativa para formular preguntas y pedir aclaraciones a través de su patrocinante o fiscal interviniente.   Además, tendrá derecho a opinar sobre el otorgamiento del beneficio de la excarcelación o reducción de pena a su victimario.   La autoridad interviniente, en tanto, estará obligada a notificar a la víctima de todas las resoluciones judiciales adoptadas durante proceso penal del autor del delito, con la opción de solicitar la revisión de esas actuaciones.   En otro orden, se disponen protecciones especiales para menores de edad, discapacitados, mayores de 70 años y para personas que mantengan una relación afectiva, económica o laboral con su victimario.  

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